¿Quienes pueden rendir en mesa especial?
Pueden rendir:
- aquellos que adeuden hasta 8 obligaciones curriculares (ojo!!! El Trabajo de Investigación es una obligación curricular más) ó
- aquellos alumnos que no cursen en el cuatrimestre en el que está la mesa especial (ojo!! debes ser alumno regular del año en curso).
Algunas particularidades de las mesas especiales:
- En mesa especial sólo se puede rendir una materia, ya sea en condición de libre o en condición de regular.
- Los exámenes se toman del 01 al 10 de Septiembre y la fecha la elige la cátedra con los alumnos dentro de ese periodo.
- Si no te presentas a rendir en mesa especial (libre o regular) tienes la sanción de no poder rendir en la siguiente mesa especial (abril 2015)
- Se arma un cronograma especial de borrado, asique debes tener cuidado de las fechas para no tener castigo.
DIRECCIÓN DE ALUMNOS: 31/07/2014.-
JD
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